domingo, 31 de agosto de 2014

Propuestas de la UNT respecto a la reforma laboral (26 de agosto): ¿fortalecimiento de los trabajadores?



Puntos problemáticos:

I.- Ampliación de la cobertura de la negociación colectiva

Se mencionan el trabajo a destajo, temporal, capacitaciones y empresas públicas o semipúblicas a las cuales hoy se les niega el derecho a negociar e ir a huelga. Todo esto es muy positivo. Sin embargo, al final del documento se señala que se estudiará a futuro (se deja afuera hoy) la inclusión de los eventuales. Así, se deja fuera a parte importante de los subcontratados, encima a las fracciones más combativas del último período (portuarios, peonetas). En este contexto no se menciona de manera explícita el subcontrato (dejamos fuera el 30% de la fuerza de trabajo)

III.- Ampliación del derecho a información para la negociación colectiva

Ante la ausencia de poder obrero genuino (e.g. una cut clasista), o un alza en la lucha de clases sustantivo, esta demanda es una "deformación patronal" de la consigna clasista de "apertura de los libros de contabilidad" ("terminar con el secreto comercial"). El punto es que esta última suponía organismos independientes de la clase obrera capaces de fiscalizar la "veracidad" de lo "revelado". En este caso, en cambio, los patrones podrán presentar cualquier cosa (cualquier mentira), porque no habrá una auditoría independiente. En el caso de que sea la inspección del trabajo la tercera parte "independiente", olvidamos no sólo el carácter de clase de esta institución (patronal) -yo mismo he ido y he comprobado como la ilegalidad de mis compas a honorarios les importa un comino-, sino también toda su historia reciente (más que patronal) en el Chile post 1990.
Una demanda progresiva (pro-trabajador), sería que los mismos trabajadores accedieran a los registros de las empresa (no que ésta entregara unilateralmente la información). Además, la información debiera ser presentada a la asamblea de afiliados con claridad, socializada en la base.

V.- Simplificación del procedimiento de la negociación colectiva

"El objetivo es mejorar la capacidad de la negociación colectiva, aumentar la capacidad de diálogo y acuerdo entre los actores; contribuir a generar relacionales laborales con mayores niveles de cooperación, confianza y simetría entre los actores"

En simple: se busca conciliar el Trabajo con la patronal. Se quiere que éste coopere y confíe en quien lo explota

"Se fortalecen los instrumentos y opciones de mediación, estableciendo una mediación voluntaria (en cualquier etapa después de la respuesta del empleador y a petición de cualquiera de las partes), obligatoria (una vez votada la huelga y a petición de cualquiera de las partes) y forzada (en los casos de incumplimiento del principio de buena fe)" 

Al fortalecer la mediación se despotencia la presión y su instrumento obrero por excelencia la huelga. Además, no se especifica "quién mediara". Ante la ausencia de especificación, es claro que el proceso de mediación seguirá como es hasta ahora: con los patrones decidiendo unilateralmente quién y cómo sucede ésta. Esto porque nos e deja claro que la mediación solicitada por el sindicato puede generarse según sus propias criterios sobre quién y cómo se mediará.

VI.- Equilibrio de las partes en el proceso negociador: Derecho a huelga

"Se consagra el deber de que la organización sindical provea del personal necesario para cumplir los “servicios mínimos” (de seguridad y de funcionamiento) que permitan dar continuidad operacional a las funciones indispensables de la empresa, con el objeto de evitar un daño actual e irreparable a los bienes materiales o instalaciones de la empresa.
La calificación de los servicios mínimos y equipos de emergencia se fijan en cualquier momento y por acuerdo de las partes (si no están acordados previamente, deberán regularse al inicio de la negociación). A falta de acuerdo, resuelve la Inspección del Trabajo previa constatación de hechos. La resolución será reclamable ante el tribunal del trabajo.
En caso de huelgas que afecten a la población (por duración o características), se faculta a la Corte de Apelaciones para ordenar la reanudación de faenas (procedimiento breve y sumario)"

Leyó bien: en el inciso "derecho a huelga" los compas de la UNT sostienen limitar gravemente la huelga como instrumento de presión. Si los obreros no podemos paralizar la producción efectivamente (si estamos obligados por ley a mantener ciertos servicios normales), entonces la huelga no le hace daño a los patrones, no es un verdadero instrumento de presión. Además, la patronal inspección del trabajo determinará qué servicios y qué producción pueden paralizarse o no. La alternativa a esto es judicializar el conflicto económico, parcializándolo, alargándolo burocráticamente e individualizándolo. Pronóstico: si esto se aprueba se generalizarán las "huelgas ilegales"

VII.- Piso de la negociación

"El empleador puede exceptuarse de cumplir el piso señalado en el inciso anterior, si acredita que las condiciones económicas en que se encuentra la empresa no hacen posible que mantenga las estipulaciones del instrumento colectivo vigente. Esta situación se debe hacer presente conjuntamente con la entrega de la información financiera de la empresa, explicitando las condiciones objetivas que invoca"

¿Quien me asegura que la declaración del empleador es fidedigna? ¿La patronal Inspección del trabajo? Con esto el patrón puede mentir como quiere y siempre alegar crisis para bajar el piso negociador. Y, lo más grave, avala que los patrones descarguen la crisis en los hombros de los trabajadores. Los obreros no tenemos la culpa de la crisis, porque no tomamos las decisiones de inversión ni la decisiones respecto de la organización del proceso de trabajo. La culpa de la crisis de una empresa particular recae en los patrones (dueños, gerencia, plana administrativa, quizás los jefes de planta), o, en su defecto en la existencia de la anarquía mercantil capitalista, mecanismo indirecto mediante el cual los patrones se coordinan (el mercado como su instrumento -que aún así siempre "les pasa por encima de sus cabezas")

VIII.- Ampliación de materias negociable

"(b) Bolsas de horas extraordinarias
(c) Descanso Dominical
(d) Regulación y retribución de tiempos no trabajados
(e) Permiso temporal de reducción de la jornada de trabajo y remuneraciones frente a situaciones de crisis"
(entre otras)

Con esto se trasladan al piso de fábrica conquistas históricas de la clase obrera que fueron fijadas por siglos de lucha en distintos países. Si hoy se toma como algo natural el domingo libre (por ejemplo), la UNT propone que éste se vuelva una cuestión contingente dependiente de los sindicatos particulares, los cuales siempre serán tendrán menos poder que sus homólogos interempresa,ramales, regionales o nacionales. El grupo de trabajadores aislados en una empresa particular es en gran medida impotente; la fuerza de la clase está en su solidaridad (paros en solidaridad), su unificación, etc. La UNT desempodera al trabajo, fragmenta a la clase obrera y regala a los patrones conquistas obreros históricas.

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